A la hora de hablar de fraude, se relaciona con una actividad delictiva en la cual se emplea el engaño para obtener una ganancia.
Ahora bien, el fraude financiero, ocurre cuando una persona utiliza prácticas engañosas, confusas e ilegales para privar a otra persona de su dinero.
¿Qué tipos de fraudes existen?
Existen diversas modalidades utilizadas para materializar un fraude electrónico, entre las más comunes se encuentran:
- Suplantación de identidad: en esta modalidad, los delincuentes roban ciertos datos financieros de las personas como número de tarjeta de crédito, número de cuenta bancaria, para realizar retiros de dinero o compras haciendo responsable al titular de los datos.
- Fraude masivo: implica la utilización de medios de comunicación como llamadas telefónicas o correos electrónicos para poder obtener los datos de las personas.
- Fraude crediticio: se materializa cuando las personas empleando datos de otras personas, hace la apertura de productos financieros como créditos.
- Fraude de inversión: en este caso, se pretende captar dinero bajo la promesa de inversión y la devolución de rentabilidades inexistentes.
- Phishing: Es un tipo de fraude electrónico mediante el cual se engaña al usuario para robarle información confidencial haciéndole creer que está en un sitio de total confianza.
¿Cómo prevenir un fraude?
Es muy sencillo prevenir los fraudes financieros, siguiendo las siguientes recomendaciones:
- Tener tus elementos, como las tarjetas de crédito y/o débito, en un lugar seguro.
- Si vas a realizar alguna transacción electrónica, ingresa directamente el link del banco o del comercio en el buscador, o cerciórate de que sea catalogado como seguro. Además, ingresa desde un dispositivo electrónico de confianza.
- No suministres datos personales a personas extrañas.
¿Existen sanciones legales por fraudes?
Sí, en el Código Penal colombiano se ha dispuesto el delito de estafa, el cual se describe como:
- El que obtenga provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio ajeno, induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños, incurrirá en prisión de 2 a 8 años y multa de cincuenta (50) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Además de lo anterior, en caso de que el fraude involucre productos otorgados por alguna entidad financiera, se ha dispuesto un régimen de responsabilidad bancaria cuando exista negligencia por parte de dicha institución.